Al completar los formularios para los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) para solicitar una tarjeta de residencia o visa, los solicitantes a menudo se preguntan quién debe ser identificado como peticionario. La realidad es que esto varía dependiendo del tipo de solicitud que se esté presentando ante el USCIS.
En el caso de las solicitudes de visa o tarjeta de residencia, los solicitantes pueden confundirse respecto a quién debe ser considerado como peticionario y quién como solicitante. El solicitante es la persona que desea obtener un beneficio migratorio en los Estados Unidos a través del USCIS.
Por otro lado, el peticionario puede ser el beneficiario de la tarjeta de residencia o visa, el empleador, o un ciudadano estadounidense o residente permanente legal (titular de la tarjeta de residencia) que tenga una relación familiar con el solicitante.
En las peticiones de inmigración basadas en la familia, el peticionario es siempre un ciudadano estadounidense o residente permanente legal, mientras que el beneficiario es el familiar elegible que desea inmigrar a los Estados Unidos.
Por ejemplo, en la petición de inmigrante del Formulario I-130, el ciudadano estadounidense o residente permanente legal debe ser identificado como peticionario, mientras que el ciudadano extranjero que tiene una relación calificada con el peticionario debe ser identificado como beneficiario.
Los dependientes del beneficiario, como su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años, se considerarán como derivados o dependientes.
En el caso de las solicitudes de auto petición relacionadas con la inmigración, el beneficiario y el peticionario son la misma persona.
Esto significa que si un ciudadano extranjero desea solicitar un beneficio migratorio por sí mismo, puede identificarse a sí mismo como peticionario y beneficiario en el formulario de solicitud.
En este caso, sus dependientes, como su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años, serán considerados como derivados o dependientes.
Una de las peticiones de auto petición más comunes es la EB-1A, que es una visa de primera preferencia basada en el empleo para extranjeros con habilidades extraordinarias. Si usted es un extranjero con habilidades extraordinarias y desea solicitar la EB-1A al USCIS, debe incluirse a sí mismo como peticionario y beneficiario en la petición del Formulario I-140
En todas las peticiones I-129 para solicitar una visa de trabajo para trabajadores extranjeros, el empleador es el peticionario y el trabajador extranjero es el beneficiario.
A excepción de las peticiones EB-1A, NIW y EB-5, todas las demás peticiones de inmigrantes basadas en el empleo requieren el patrocinio del empleador y, por lo tanto, deben incluir al empleador como peticionario mientras que el trabajador extranjero es el beneficiario.
Es importante tener en cuenta que si se identifica incorrectamente a la persona como peticionario en los formularios, esto puede resultar en el rechazo o denegación de la solicitud por parte del USCIS.
Las solicitudes deben ser completadas cuidadosamente, siguiendo las instrucciones proporcionadas por el USCIS, para evitar cualquier error que pueda afectar el proceso de solicitud.
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